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VACUNAS
Se requieren vacunas contra la fiebre amarilla para aquellos viajeros provenientes de Bolivia, Venezuela, Brasil, Perú, Colombia, Ecuador, Guyana Francesa, Angola, Benin, Burkina Faso, Camerún, República Democrática del Congo, Gabón, Gambia, Guinea, Liberia, Nigeria, Sierra Leona y Sudán.
Quedan exentos de la presentación del certificado de fiebre amarilla:
Pasajeros que pasen en tránsito (12 horas max.) por los lugares arriba mencionados y que no hayan salido del aeropuerto o ingresado a esos países. Aquellas personas que “en su trayectoria hacia Costa Rica hayan estado en tránsito por países en riesgo, en aeropuertos, puertos y puestos de interfronterizos de los países de riesgo”.
Aquellos viajeros que “a pesar de haber estado en los países en riesgo , antes de ingresar a territorio nacional han permanecido por espacio de al menos 6 días, en un país que no es de riesgo y no han desarrollado fiebre en ese periodo”.
Personas menores de 9 meses.
Personas con alergia severa al huevo
Inmunosupresión (Disminución o ausencia de la respuesta inmunitaria del cuerpo)
Enfermedad de timo actual o historia de haberla padecido. (Timo es una glándula, la cual es uno de los controles del sistema inmunitario del organismo)
Personas mayores de 60 años.
Mujeres en estado de embarazo.
Mujeres en periodo de lactancia.
Personas con historia familiar de eventos adversos asociados a la vacunación contra la fiebre amarilla.
Personas con hipersensibilidad a la gelatina.
Personas con infección asintomática con VIH, con verificación laboratorio de adecuada función del sistema inmune.
Los viajeros que se deberán presentar un certificado médico en formato oficial vigente avalado por la autoridad sanitaria nacional del país donde proviene cuando provengan de los países afectados.
Pasajeros que habitan en Costa Rica y van a viajar a países considerados de riesgo de Fiebre Amarilla (Endémicos) y no puedan aplicarse la vacuna por alguna contraindicación médica absoluta o relativa como:
Excepciones: menores de edad (menos de 9 meses), los cuales deben presentar un documento válido que indique la fecha de nacimiento del menor.
Deberán presentar un certificado médico previo a su salida del país, ante las dependencias del Ministerio de Salud con sus respectivos sellos y timbres para que se le otorgue su validez a nivel
internacional mediante sello y firma.
Igualmente quedan exentos del requisito de vacunación contra la Fiebre Amarilla, las personas viajeras en tránsito provenientes de un país considerado de riesgo, que por razones de fuerza mayor, tales como:
Factores climatológicos adversos como la niebla o fuertes lluvias.
Por pérdida de conexión por demora ocasional en la llegada de un vuelo o por problemas de mantenimiento de la aeronave en que continuará su vuelo, deben permanecer veinticuatro horas o más en el territorio costarricense.
Con las excepciones arriba mencionadas, en términos generales, no es necesaria vacunación y depende del perfil-salud del pasajero el tomar precauciones (alergias, tratamientos, incapacidades). Es recomendable que consulte a su medico particular.
Viajando a Costa Rica
Cada año cientos de miles de visitantes de todo el mundo visitan Costa Rica, sus bellezas y paisajes convirtiendo al turismo en una de las fuentes de divisas más importantes de su economía.
Si usted planea descubrir Costa Rica, sea por primera vez o por varias ocasiones, asegúrese que toda su familia (los menores podrían necesitar permiso de salida de Chile) y acompañantes, sus mascotas tengan sus documentos en regla y que cumplen con las regulaciones de ingresos de mercancías. Es importante recordar que, requiera visa o no, el pasaporte del viajero debe encontrarse válido y vigente, al menos con una vigencia mínima de 6 meses, al ingresar al país y contar con un mínimo de garantía financiera que sustente su estadía.
No hay restricción sobre el monto de dinero que usted pueda llevar a Costa Rica pero deberá declararlo si el monto excede a los US$ 10,000.00Mascotas
Requisitos sanitarios para la importación de gatos y perros
Los animales domésticos como los perros y los gatos beben poseer un certificado zoosanitario extendido o autorizado por un veterinario autorizado del MAC y cumplir los trámites consulares de legalización de documentos. El examen de salud debe realizarse con pocos días de antelación al viaje a Costa Rica.
El animal debe estar saludable y libre de cualquier signo clínico de enfermedad infecciosa y contagiosa.
El animal debe cumplir con los requisitos de vacunación que comprende las siguientes vacunas.
- distemper
- hepatitis
- leptospirosis
- parvovirus.
- rabias
Nota
- Los animales exportados en cantidades comerciales requieren un permiso de importación.
Qué puede llevar usted a Costa Rica?
Es permitido a cada pasajero llevar consigo:
- Equipaje con artículos de uso personal en cantidades razonables.
- Medicinas y equipo de asistencia si el pasajero lo requiere
- Equipo de trabajo siempre y cuando sea transportable y
- Equipo de camping, hiking o deportivo
- Armas de fuego y municiones siempre y cuando se cuente con los permisos respectivos oficiales en orden y debidamente autenticadas ante el consulado. Items for personal use.
Artículos de uso personal en cantidades razonables que puede llevar el pasajero:
- Libros y manuscritos
- Camar (1) y sus accesorios
- Ropa
- Joyería
- Instrumento Musical (1) y sus accesorios
- Fotografías e impresos no comerciales
- Radio portátil o grabador o dispositivo de CD o similar (1)
- Cartera
- Rollos de película (6)
- Juguetes
- Sombrilla o paraguas
- Video cámara (1) y sus accesorios
- Zoom (1)
- Comidad para bebés
- Cigarrillos (500 grams por persona),
- Caramelos (2 kilograms por persona)
- Vinos y licores (Hasta 5 litters por persona). Debe contar el pasajero con 18 años como mínimo.
Medicinas y equipo médico
Todo equipo medico debe ser portátil, para uso personal y que muestre signos de uso. Los equpos más communes son:
- Tanque portátil de oxigeno
- Silla de ruedas
Si el pasajero lleva medicinas es importante que tome en cuenta que:
- La cantidad debe ser justo la necesaria para enfrentar el problema de salud.
- Debe portarse la prescripción médica autorizada por su doctor especificando la necesidad del uso y portación del medicamento y las razones médicas de su prescripción de acuerdo al tipo de enfermedad.
- Las medicinas deben estar adecuadamente etiquetadas e identificadas de tal manera que sean identificadas apropiadamente
Artículos para trabajo
Al pasajero se le está permitido llevar a Costa Rica artículos requqeridos para el desarrollo de su profesión siempre y cuando sea portátiles y usadas. Estas provisiones excluyen equipo completo de laboratorio, de oficinas o de seminarios. Algunos artículos que puede llevar son:
- Compútadora Laptop (1)
- Pintura y lienzos
- Impresora portátil (1)
- Grabador (1)
Armas de fuego y municiones
La admisión para el ingreso de armas y municiones al territorio de Costa Rica está sujeta a restricciones y a permisos de importación aprobados por las autoridades costarricenses.
Las aplicaciones para importar armas no militares dentro del país debe ser registrada mediante un importador autorizado o registrado o por una persona particular. El Congreso de Costa Rica restringe la importación de cualquier arma de Guerra al país Cualquier armamento de Guerra en manos de una persona no autorizada se considera un acto ilegal.
El permiso para portar armas en Costa Rica es emitido por el Ministerio de Seguridad Pública. El proceso para la emisión del permiso toma hasta dos meses dependiendo de la documentación que se presente.
Tanto la Embajada como el Gobierno de Costa Rica NO apoyan el viajar a Costa Rica portando armas de fuego y municiones. Sin embargo, si usted decide portar un arma pequeña como un revolver o pistola debe seguir el siguiente
- Informe a la aerolínea que usted viaja con el arma
- Una vez que arribe en Costa Rica declare el arma la cual deberá permanecer en las oficinas de Aduanas hasta que sea registrada por usted ante el Departamento de Armas y Municiones del Ministerio de Seguridad Pública.
Debe aportar los siguientes documentos ante el Departamento de Armas y Municiones del Ministerio de Seguridad Pública:Información para importación de vehículos automotores terrestre, aéreo y marítimo a Costa Rica para fines no lucrativos
- Registro oficial del arma ante las autoridades de su país de residencia. Este documento debe encontrase debidamente autenticado por el Consulado de Costa Rica de donde procede el arma. Por favor siga las instrucciones de cómo autenticar documentos ante la sección consular de la Embajada en otro apartado de este sitio web.
- Record policial de la comuna o sector de donde usted ha residido los seis últimos meses. Este documento no debe tener más de seis meses de haberse emitido. Este documento debe encontrase debidamente autenticado por el Consulado de Costa Rica de donde procede el arma. Por favor siga las instrucciones de cómo autenticar documentos ante la sección consular de la Embajada en otro apartado de este sitio web.
- Prueba de entrada y recibo otorgado por las autoridades de aduana costarricenses en del aeropuerto
- Deberá tomar un test psicológico para valorar su perfil.
- Una vez que usted obtenga el permiso requerido preséntelo ante las autoridades de aduana y le será entregada su arma. Si usted encontrado viajando con el arma dentro del territorio costarricense sin el permiso y el registro oficial apropiado, su arma será inmediatamente confiscada y usted será detenido, arrestado o deportado.
Importación temporal
Se fija un plazo de tres meses para la permanencia en el país de las mercancías importadas temporalmente.
Los vehículos automotores podrán ser importados o exportados temporalmente, sin que medie el pago de los derechos aduaneros que correspondan.Documentos:
- Original y fotocopia de pasaporte.
- Original y fotocopia de Licencia de Conducir.
- Original y fotocopia del Registro del vehículo.
- Título original de propiedad del vehículo bajo las regulaciones del país de origen, y una fotocopia.
- En caso de que el interesado no sea el propietario:
- Presentar original y fotocopia de autorización del dueño emitida en el extranjero.
Debidamente protocolizada y certificada por un consulado de Costa Rica (Certificación Consular), donde se declare la anuencia del dueño a que su vehículo ingrese al país.Procedimiento:
- Llenar formulario de importación temporal provisto por Dirección General de Aduanas en el puerto de entrada al país.
- Presentar original y fotocopia por los dos lados de licencia de conducir expedida en el país de origen.
- Presentar original y fotocopia del pasaporte que pruebe la condición migratoria, vigente a la fecha de duración del permiso.
- Presentar original y copia de la cédula de residencia, en el caso de ser costarricense residente en el extranjero.
- Pagar Impuesto de Ruedo de US $25.00, en ventanilla especial en cada puesto de Aduanas del país.
- Pagar seguro del INS por US $15.00 US, en ventanilla especial en cada puesto de Aduanas del país.
El permiso le será otorgado por 3 meses, prorrogables por 3 meses más, previo pago de depósito para extensión de permiso.
Importación de Vehículos Diplomáticos
- Todos los documentos de Importación Temporal.
- Presentar carta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto certificando la acreditación del Oficial o Diplomático en el país.
- Presentar copia del Convenio constitutivo que permite la importación de un vehiculo.
- Autorización especial emitida por el Ministerio de Hacienda para la importación temporal de un vehículo para Diplomático Extranjero acreditado en Costa Rica.
Importación Permanente
Para la importación permanente de un vehículo automotor, es requerido por la nueva ley de Aduanas contratar un Agente Aduanero registrado. Articulo 37 de la Ley General de Aduanas.
- Documentos:
- Título de propiedad
- Factura comercial
- Certificado de emisión de gases (autenticado por un consulado costarricense)
- Contrato de transporte:
- Ingreso por carretera: Contrato de transporte o Carta de Porte.
- Ingreso Marítimo: Conocimiento de Embarque (Bill of Lading)
- Ingreso Aéreo: Conocimiento de Vuelo.
- Los impuestos o gravámenes del vehículo son calculados dependiendo del valor correspondiente del automóvil. Estos son calculados Ad-Valorem, sobre el valor en aduanas del vehículo (valor CIF: costo, seguro y flete). El valor del vehículo para este propósito, es determinado por su valor en el mercado internacional por medio del Blue/Black Book impreso en los Estados Unidos.
Para más información contacte: Auto –Valor Ministerio de Hacienda
Información General para naves aéreas de recreación
Dirección General de Aviación Civil: (506) 290-0090
Aeropuerto Juan Santamaría: (506) 441-6303
Aeropuerto Tobías Bolaños (506) 232-1165Información General para naves marítimas de recreación
Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico: (506) 223-7111ó (506) 223-7111.
Administración Portuaria de Limón: (506) 798-3417Prepare su viaje
Para planear su viaje, inicialmente debe ubicar la época del año en la que piensa viajar. En Costa Rica existen dos temporadas claramente diferenciadas en el año: El verano, que inicia entre Noviembre y Diciembre, y se extiende hasta Abril o Mayo. En esta temporada los días son soleados y con bastante viento; el clima es templado-frío, y en las noches los vientos enfrían el ambiente. Son las épocas de mayor turismo en el país (especialmente en las playas, que son visitadas por extranjeros, en su mayoría provenientes de Estados Unidos y Europa), por lo que los costos de los planes turísticos aumentan considerablemente. Entre Mayo y Noviembre se presenta la temporada de invierno, temporada en la cuál las lluvias aparecen y la humedad del ambiente se incrementa. El clima es templado (similar al de Armenia o Fusagasugá en Colombia), y las lluvias caen fuertemente, a veces en forma intermitente, otras veces durante todo un día (similar a las épocas de Abril en Bogotá). Esta época es considerada temporada baja para el turismo, por lo que los costos en esta materia disminuyen.
A continuación una página del país de nuestro ministerio de economía que tiene enlaces a los principales diarios para que se informe de antemano de las noticias nacionales.
http://www.prensaescrita.com/america/costarica.php
Estudios y ejercicio profesionalEn principio es necesario que presente su título universitario, certificación de notas y Programa completo de estudios y demás documentos ante el Consulado para que sean autenticados, luego una vez que haya obtenido su cédula de residencia en Costa Rica es necesario que presente su título ante el Consejo Superior de la Educación (CONARE ), (luego de haber autenticado la firma del Cónsul en Cancillería), presentar un depósito ante CONARE de la manera que ellos le indicarán. Solicite los formularios al Consulado consulado@costarica.cl
En relación con el colegio de médicos y cirujanos las solicitudes deben ser entregadas para ser objeto de un estudio en la que se distribuyen los puestos para el servicio social obligatorio.
Para solicitar su ingreso al Colegio de Médicos los candidatos deben consultar los requisitos a ésta institución. Colegio de Médicos www.ampmd.com medicos@sol.racsa.co.cr medicos@racsa.co.cr
El Colegio de Contadores Privados nos ha proporcionado los datos para la incorporación y entre los que seria bueno que consigan en Chile están dos cartas de recomendación (en principio deben ser de costarricenses pero creemos que seria bueno incluir además cartas locales de Chile), fotocopias y original de títulos (con el mismo procedimiento todos por consulado y la cancillería), 10,000 colones, asistencia a un seminario que se imparte aquí, al igual que para el colegio de médicos y en principio todos los otros colegios profesionales es necesario para los extranjeros y convalidar los títulos con el Consejo Superior de la Educación CONARE.
En cuanto al colegio de cirujanos dentistas que son similares, eso si nos dieron su página web que es www.colegiodentistas.co.cr De igual forma le remito la página del colegio de profesionales en www .psicologos.or.cr
Costo de VidaEl costo de los alquileres en su gran mayoría es en dólares (Tipo de Cambio en www.nacion.com ver la sección de economía o el Banco Central http://www.bccr.fi.cr/ ).
Para trámites y compras de propiedades: http://www.camaracbr.or.cr
Compra de vehículos en Costa Rica http://www.clasificar.co.cr/servlet/co.com.motor.servlet.home.MostrarHome
Para establecer un negocio en Costa Rica primero se debe tener una personería jurídica y registrarse en dirección general de migración y extranjería.